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Restricción de movilidad, reducción de aforos y bares abiertos hasta las 23:00: las medidas de Sanidad para ciudades con alta incidencia de COVID

Ante la escalada de la COVID en esta segunda ola de la pandemia, el Ministerio de Sanidad ha aprobado en Consejo Interterritorial y en el BOE una serie de medidas de mínimos que afectarán a las ciudades de más de 100.000 habitantes que cumplan tres criterios: incidencia acumulada de más de 500 casos por cada 100.000 habitantes, tasa de positividad de las PCR superior al 10% (ambas en el municipio) y ocupación de UCIs por encima del 35% (en la comunidad). Dadas estas condiciones, son medidas que solo afectarán en estos momentos a Madrid capital y otras nueve ciudades de la región. Ambas administraciones habían llegado a un acuerdo previo sobre los citados umbrales, pero la Comunidad de Madrid acabó oponiéndose a aplicar las medidas restrictivas. Finalmente, Isabel Díaz Ayuso ha confirmado que cumplirá la orden “de manera estricta” aunque piensa recurrirla en los tribunales. El plazo con el que cuenta es de 48 horas.

El Ministerio de Salvador Illa ha logrado sacar adelante estas medidas en el Consejo Interterritorial a pesar de la negativa de todos los consejeros de las comunidades autónomas gobernadas por el Partido Popular a excepción de Castilla y León, que se ha mostrado favorable, y la Región de Murcia, que se ha abstenido.

-Se restringirá la entrada y salida de los municipios, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por motivos de trabajo, sanitarios, legales y judiciales, de educación (incluidos exámenes), por retorno al lugar de residencia habitual, asistencia a personas dependientes, a entidades financieras o por otras causas de fuerza mayor o situación de necesidad debidamente acreditadas.

-La circulación por carreteras que atraviesen los municipios será posible, siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.

-La circulación de personas residentes dentro de los municipios será posible, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias (uso de mascarillas, distancia social, etcétera).

-Reducción a seis personas de las reuniones sociales y familiares, salvo en el caso de convivientes (esta medida ya estaba en vigor en la Comunidad de Madrid).

-Las tiendas, locales comerciales y servicios abiertos al público tendrán un aforo máximo del cincuenta por ciento y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, “salvo las excepciones que se prevean”.

-Los bares, restaurantes y otros establecimientos de hostelería y restauración, así como locales de juegos y apuestas podrán estar abiertos hasta las 23:00 (excepto entrega de comida a domicilio), aunque no podrán admitir nuevos clientes desde las 22:00. Ahora mismo, en las 45 zonas restringidas por la Comunidad de Madrid el horario de cierre es a las 22:00, con lo que ganarían una hora adicional de aplicarse estas recomendaciones.

El aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores, el consumo en barra no estará permitido y la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas.

-En instalaciones deportivas, el aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores.

-La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.

-En lugares de culto, el aforo máximo será de un tercio; mientras que en los velatorios podrá haber quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de quince personas.

-En academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas el aforo máximo será del cincuenta por ciento. 

NOTA: En una primera versión de esta información se hablaba del cierre de parques infantiles, aunque finalmente Sanidad retiró del borrador y de la orden aprobada dicha medida

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