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La Junta Electoral no autoriza por “electoralista” un acto de Azcón en Motorland tras el recurso de Sumar

El presidente del PP de Aragón y presidente de Aragón, Jorge Azcón, interviene durante un acto de campaña del Partido Popular, en la Plaza de los Sitios.

ElDiarioAragón / EP

4 de junio de 2024 08:02 h

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La Junta Electoral ha resuelto no autorizar por “electoralista” el acto que el Partido Popular tenía previsto desarrollar este martes, 4 de junio, en Motorland, la comarca del Bajo Aragón y el Ayuntamiento de Alcañiz tras el recurso presentado por Sumar Aragón.

La coalición de izquierdas interpuso una reclamación en la que denunciaba que a su juicio los actos suponían “el aprovechamiento de los recursos públicos para un asunto electoral del Partido Popular, en plena recta final de la campaña electoral de las Elecciones Europeas”. De hecho, apuntan desde la formación de izquierdas, esas visitas incluían declaraciones a los medios y coincidían con el acto electoral del PP en Alcañiz.

Una situación que bajo su punto de vista vulnera el artículo 50 de la Ley Electoral, por lo que solicitó a la Junta Electoral que obligase al presidente de Aragón, Jorge Azcón, a retirar el programa previsto. En su respuesta, la Junta Electoral considera que “del análisis minucioso del programa, se deduce que no nos hallamos ante una visita técnica imprescindible para el buen funcionamiento del servicio público”.

Además, añade que “se incluye en el programa la visita a la Comarca del Bajo Aragón, reunión con el consejo comarcal, así como traslado al Ayuntamiento, incluyendo firmas en los libros de honor, actos que tienen marcado carácter electoralista, y que no resultan de necesaria celebración en este momento”.

Finalmente, concluye que “todo lo antedicho difícilmente tiene encuadre en los actos permitidos por la Junta Electoral Central a la vista del contenido del artículo 50 LOREG. Es por ello que dichos actos no pueden ser autorizados, sin perjuicio de su realización en un momento posterior, una vez finalizado el periodo electoral, debiéndose retirar el programa siempre que sea posible, dada la premura existente”, concluye esa resolución.

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