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Forcadell se desvincula del 1-O porque no formaba parte del Govern

Forcadell se desvincula de la organización del 1-O y de aprobación de la DUI

Oriol Solé Altimira

La expresidenta de Parlament Carme Forcadell se ha desvinculado de la organización del 1-O al alegar que no participó en la decisión de convocarlo ni en su organización, así como de la aprobación de la declaración de independencia (DUI), que llegó al pleno a petición de los grupos parlamentarios sin que ella tuviera “voto decisorio”. Así lo expone Forcadell su escrito de defensa, en el que pide su absolución en el juicio al 'procés' que se celebrará en el Tribunal Supremo, en el que afronta una petición fiscal de 17 años de cárcel.

La expresidenta va más allá que los exconsellers acusados también de rebelión, quien en sus escritos asumen el impulso y la organización del referéndum del 1-O –aunque niegan que se destinaran fondos públicos al mismo– pero eviten tildar de “unilateral” la declaración de independencia y la enmarcan en una estrategia de diálogo con el Estado. Así, Forcadell esgrime que no participó en la “toma de decisión de convocar un referéndum” ni tampoco intervino “de ninguna forma” en la “dirección, promoción, preparación y/o ejecución” del 1-O.

Sobre la declaración de independencia, que fue leída por Forcadell el 27 de octubre, la expresidenta del Parlament resalta que ella como máxima autoridad de la Cámara tanto ella como la Mesa actuaron de forma “plenamente acorde” con el reglamento del Parlament, y que además no tuvo “voto decisorio” en ninguna de las votaciones para la admisión a trámite de la propuesta.

La defensa hace notar también la actuación parlamentaria de Forcadell –tramitar las leyes de desconexión y permitir el debate de la DUI– fue la misma que la de los diputados soberanistas de la Mesa. No obstante, Forcadell se enfrenta a 17 años de cárcel por rebelión mientras sus excompañeros de Mesa sólo afrontan penas de inhabilitación por desobediencia.

Esta diferencia de criterio, según la abogada Olga Arderiu, se explica solamente porque la Fiscalía busca “criminalizar” a Forcadell “exclusivamente” por haber sido presidenta de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) entre 2012 y 2015. Recuerda la defensa que como presidenta de la Cámara, Forcadell “jamás participó, ni pudo participar” en la toma y ejecución de las decisiones adoptadas por el Govern vinculadas al proceso independentista.

Forcadell alega asimismo que la Mesa no tenía facultad para limitar el debate de los diputados, pese a que avisó de que la iniciativa podía encontrarse afectada por las advertencias del Tribunal Constitucional. También argumenta que cuando el 6 y 7 de septiembre de 2017 los grupos de JxSí y la CUP pidieron modificar el orden del día del pleno para debatir y votar las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica no tenía “ningún poder” sobre su tramitación.

El pleno, el “órgano supremo”

Al constituirse el pleno, alega Forcadell, éste deviene “el órgano supremo” y ni la presidenta ni la Mesa “ostentan facultad alguna para limitar la potestad de la cámara de introducir elementos de debate, ni pueden determinar el contenido o el resultado de dicho debate ni la consiguiente votación”. Según el escrito, fue el pleno, como “órgano supremo” del Parlament, el que acordó la inclusión en el orden del día del debate, votación y aprobación de dichas leyes, “sin que la Mesa tuviera facultad de limitar sus decisiones”.

Es más, según la defensa, Forcadell estaba “obligada” a proseguir con la tramitación acordada por el pleno, “en aras de acatar su deber” de cumplir con el reglamento del Parlament y preservar los derechos y facultades de los diputados. Al igual que hacen los escritos de defensa de los exconsellers Rull y Turull, Forcadell puntualiza que en realidad no se votó la declaración de independencia, ya que figuraba en el preámbulo de una resolución, y que la secretaria primera de la Mesa hizo constar en acta antes de la votación que el texto no tenía “efectos jurídicos”.

En este sentido, resalta que la resolución no se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat, pese a que dos grupos (JxSí y CUP) lo solicitaron, aunque se rechazó esa propuesta porque no cumplía con el reglamento de la cámara. Y puntualiza que sus funciones como presidenta de la cámara catalana eran “absolutamente ajenas y diferenciadas” tanto de las iniciativas de los grupos parlamentarios como del Govern.

“Los grupos parlamentarios tienen iniciativa parlamentaria y son los protagonistas de toda la actividad legislativa del Parlament, siendo ellos, junto con el gobierno, y en algunos casos la ciudadanía, los únicos titulares de la iniciativa legislativa”, argumenta Forcadell.

Por este motivo, Forcadell destaca que optó “siempre” por cumplir su “obligación” de preservar los derechos a la libertad de expresión y representación política de los diputados así como su deber de facilitar el debate político en el ámbito parlamentario. La acusada, como viene recordando a lo largo de la instrucción, resalta que es una persona “absolutamente pacifista” que no llamó a la movilización para evitar la actuación policial el 1-O, ya que “antes abandonaría sus ideas que permitir ningún acto violento”.

Al igual que otros acusados, Forcadell pide que el Tribunal Supremo cite como testigos en el juicio al expresidente catalán Carles Puigdemont y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que deberían declarar por videoconferencia ya que ambos están en el extranjero.

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