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La Justicia rechaza paralizar cautelarmente las obras de la ampliación del Puerto de Valencia

Humo procedente de diversos buques del puerto de València.

Carlos Navarro Castelló

5 de marzo de 2025 14:35 h

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado suspender cautelarmente la ejecutividad del acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) de diciembre de 2022 por el que se aprueba el proyecto de construcción del muelle de contenedores de la ampliación norte del Puerto de Valencia.

Los magistrados han desestimado así, en un auto notificado este miércoles a las partes, la solicitud presentada el pasado 27 de enero por Acció Ecologista Agró.

Sin prejuzgar el fondo del asunto ni por tanto el desenlace del pleito, la Sala entiende que la petición de la parte actora se sustenta exclusivamente en un dictamen pericial, discutido por la Administración demandada y que ha de ser valorado por el Tribunal “una vez efectuadas las aclaraciones al mismo ya planteadas, en contraste con los demás elementos de prueba”. Ese dictamen encargado expresamente por el juez concluye que la declaración de impacto ambiental (DIA) del año 2007 no es válida para el nuevo poryecto.

El Tribunal recuerda que el asunto presenta una “indudable complejidad”, como demuestra el montante económico de las obras, con un presupuesto base de ejecución de más de 660 millones de euros.

Agrega que la valoración de ese dictamen pericial “habrá de acometerse más adelante”, pero “en lo tocante a la pertinencia o no de la suspensión cautelar poco o más bien nada ilustra a la Sala, en tanto que versa sobre cuestiones de fondo”.

Igualmente, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso asegura que la pretensión cautelar “no aborda la ponderación de los intereses en conflicto”.

Esa valoración “mal podría conducir a la satisfacción de la medida cautelar -recoge el auto-, ante ”la envergadura de la obra portuaria de ampliación de uno de los puertos más importantes del mar Mediterráneo (si no el más en tráfico de contenedores)“.

En esta línea, los magistrados destacan las consecuencias económicas que conllevaría una eventual suspensión cautelar del proyecto y que están recogidas detalladamente en un informe técnico suscrito por el jefe de Dominio Público de la Autoridad Portuaria de Valencia.

Conclusiones del dictamen pericial

Según la documentación recabada por elDiario.es, el informe del perito judicial acredita que el proyecto promovido por la APV “es distinto a la alternativa cuatro seleccionada y aprobada mediante DIA favorable en el año 2007 y, por lo tanto, no ha sido evaluado a efectos medioambientales”. El informe da una serie de razones: “incremento de los volúmenes y áreas de actuación de los dragados necesarios; demoliciones de los actuales contradique norte y muelles de cruceros; cambio de ubicación de las explanadas y muelle de atraque y es muy probable que se hayan conformado comunidades marinas en el nuevo hábitat de escolleras debido al tiempo transcurrido entre la primera fase del proyecto y la segunda”.

El perito añade: “A juicio del técnico que suscribe el presente informe procede efectuar una nueva evaluación de impacto ambiental ordinaria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 21/2013 de 9 de diciembre de Evaluación de Impacto Ambiental, ya que no se trata de una modificación en tanto en cuanto la obra es nueva”.

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