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La Audiencia Nacional anula el ERTE de Arcelor Mittal: existe “fraude de ley”, “mala fe” y un uso “torticero” de la medida por la COVID

Imagen de archivo de un centro de Arcelor Mittal en Sestao.

Laura Olías

2 de diciembre de 2020 14:03 h

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Varapalo de la Audiencia Nacional al gigante siderúrgico Arcelor Mittal por aplicar un ERTE fraudulento en sus centros en España y aprovecharse de manera “torticera” esta herramienta laboral facilitada por el Gobierno en la pandemia. El tribunal ha anulado el ERTE por causas económicas y productivas por la COVID-19 que aplicó la empresa del Ibex 35 de manera unilateral el pasado 8 de mayo sobre 8.207 trabajadores de sus centros en España, tras la denuncia del sindicato ELA al que se adhirieron CCOO, UGT, USO y LAB. Los magistrados aprecian “mala fe” de la multinacional en la negociación y “fraude de ley” en la aplicación del ERTE. Arcelor Mittal va a recurrir la sentencia ante el Supremo.

Así, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado nulo el ERTE y condenado a la multinacional a reponer a los “trabajadores en la situación anterior a la misma”. La empresa ya se encontraba inmersa en un ERTE por causas objetivas desde el año 2009, que se ha ido prorrogando, en este caso acordado con la representación legal de los trabajadores. Este ERTE contemplaba medidas más ventajosas para los trabajadores, como que la empresa tenía que garantizar a los afectados “el 90% de las retribuciones brutas” que les corresponderían por su jornada ordinaria y el derecho al “disfrute íntegro” de sus vacaciones.

La sentencia, de la que es ponente el magistrado Ramón Gallo Llanos y que ha podido consultar elDiario.es, recoge que Arcelor Mittal se aprovechó del mecanismo de ERTE por la COVID para reducir las condiciones laborales que tenía pactadas en este ERTE de 2009, ya que pasó a solo garantizar el 65% de las retribuciones y estableció que durante la aplicación del ERTE no se generarían vacaciones.

Los magistrados señalan que la multinacional utilizó “la legislación excepcional” surgida con ocasión de la crisis sanitaria derivada del COVID-19 “de modo torticero para eludir el cumplimiento de las garantías pactadas” con la representación legal de los trabajadores.

“El ERTE de mayo sigue vigente”, responden desde Arcelor Mittal a elDiario.es sobre las consencuencias de la sentencia. “La empresa no comparte los razonamientos de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional y recurrirá la sentencia al Tribunal Supremo”, añaden en la multinacional.

Intentó también un ERTE por fuerza mayor

La sentencia recoge que la empresa no ha acreditado una causa productiva diferente de la que motivó el ERTE de 2009 y constata la existencia de “mala fe” de Arcelor Mittal en la negociación, al presentar a los sindicatos las cuentas de las sociedades “incompletas, en algunos casos en idioma inglés, y en formato que dificulta su gestión”. Los jueces subrayan en esa información incompleta que aporta la multinacional, que Arcelor Mittal no aportó los datos de dos sociedades del grupo “que consolidan cuentas con otras sociedades y presentan las cuentas consolidadas en Luxemburgo, dándose la circunstancia de que estas dos sociedades, tienen pingües beneficios”, un hecho que presentó el sindicato ELA en un informe pericial.

Los magistrados recuerdan además que el gigante siderúrgico presentó en un primer momento un ERTE por fuerza mayro derivado de la COVID-19, que el Ministerio de Trabajo le tumbó por no considerar que quedaba acreditado y cuya negativa recurrió ante los tribunales. Así, la sentencia da cuenta del “fraude de ley” en la aplicación del ERTE por la pandemia, lo revoca y concluye que existió esa mala fe de la multinacional al llevar a cabo el periodo de consultas con los sindicatos.

La Audiencia Nacional afea también a la cotizada en bolsa “la inexistente voluntad de la empresa de paliar las consecuencias del ERTE para los afectados, pues como denuncia LAB en ningún momento se puso sobre la mesa un programa de acciones formativas para los afectados”, lo que en opinión de la Sala evidencia de nuevo “su falta de voluntad de desarrollar un periodo de consultas hábil para llegar a un acuerdo”.

El sindicato ELA, el primero en presentar la demanda, ha mostrado una “gran satisfacción” por la sentencia, aunque los jueces no estiman la vulneración de la libertad sindical que también denunciaron. “Hacemos un llamamiento a la dirección de la empresa para que deje de imponer unilateralmente sus decisiones y respete los derechos de quienes trabajan en Arcelor Mittal. Necesitamos un proyecto industrial serio, rejuvenecer las plantillas, inversiones y en definitiva un cambio de rumbo total en Arcelor Mittal”, apuntan en un comunicado.

Desde UGT FICA también celebran la sentencia y afirman que insistirán para que “a los trabajadores se les resarza de las pérdidas económicas sufridas ilegalmente” hasta que la sentencia sea firme, ya que temen un “previsible recurso de la empresa”.

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