Juicio contra dos personas por delito societario y falsificación al constituir la empresa 'Don Matías' con otros dos socios

Palacio de Justicia Audiencia Provincial

Europa Press

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El Fiscal pide 2.700 euros para J.C.P. y para F.C.E. por un delito societario, mientras que al último también le reclama otros 1.500 euros por un delito de falsifación. Todo ello, viene de la constitución de la mercantil Destilería 'Don Matías'.

El juicio se desarrollará este lunes en la Audiencia Provincial sobre unos hechos, que según el escrito al que ha tenido acceso Europa Press, se produjeron el 22 de febrero de 2002, cuando cuatro personas constituyeron la empresa, quedando los dos acusados -a través de las escrituras- designados por tiempo indefinido administradores solidarios de la mercantil.

Con fecha 20 de noviembre de 2.002 fue otorgada escritura pública de elevación a público de acuerdos sociales, a la que comparecieron los acusados, y en la que F C.E., como administrador único de la mercantil, elevó a público el contenido de los acuerdos comprendidos en la Certificación incorporada a esa escritura pública; certificación en la que se hacía constar que con fecha 29 de octubre de 2.002 fue celebrada Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad con la asistencia de todos los socios con derecho a voto, que aceptaron unánimemente nombrar administrador único a F. C.E.

No obstante, el relato del fiscal, señala que uno de los cuatro socios “no fue convocado ni asistió a la referida junta”. Después de que transcurrieran varios ejercicios sin que la administración de la mercantil convocara Junta General, uno de los socios remitió a tal fin a J. C. P. -uno de los acusados- carta de fecha 27 de abril de 2.012, y como quiera que éste no contestó a la misma, efectuó al mismo un requerimiento notarial el 28 de julio de 2.012 para que por parte de la administración de la mercantil fuera convocada “por primera vez desde el inicio de la actividad social Junta general”.

A raíz de ello, se acordó la celebración de esta para el día 3 de octubre de 2012 en el domicilio social de la mercantil. Llegado ese día y personado el socio solicitante de la Junta, en el lugar, “no halló ni a los acusados ni a ningún otro socio, siendo finalmente celebrada el 5 de noviembre de 2012 pero sin facilitar a los asistentes sin motivo que lo justificara la información necesaria para debatir sobre las cuentas de los años 2.002 a 2.012, estudiar la situación financiera, contable y económica de la mercantil y estudiar la gestión de la administración desde la constitución de la sociedad”.

En el curso de la Junta la administración refirió que, estudiada toda la documentación precisa, se convocaría nueva junta antes de ese año - 2.002 - y antes de poner a disposición de todos los socios la documentación precisa para solventar las deudas que surgieran y explicar las cuentas desde 2.002 hasta 2.012, así como la situación financiera“. Esta última ”no fue finalmente convocada por los administradores de la mercantil“.

Para el fiscal, los hechos constituyen un delito societario, del que hace responsables a J.C.P. y F.C.E., mientras que a éste último le atribuye otro delito de falsificación.

Por ello, les reclama una multa de 2.700 euros a cada uno, a lo que suma otra de 1.500 euros más a F.C.E., por el delito de falsificación.

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