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¿Qué es el subsidio por desempleo y en qué se diferencia de la prestación por desempleo?

Varias personas entran a una oficina del SEPE.

Ada Sanuy

25 de marzo de 2025 12:52 h

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En el ámbito de las ayudas al desempleo, no todas las prestaciones son iguales. En España existen dos niveles de protección: la prestación contributiva por desempleo, comúnmente conocida como “el paro”, y el subsidio por desempleo, una ayuda asistencial dirigida a quienes no tienen derecho a la prestación contributiva o la han agotado. Aunque a menudo se confunden, sus diferencias son sustanciales tanto en requisitos como en duración y cuantías.

Cómo funcionan

La prestación contributiva está pensada para personas que han perdido su empleo de forma involuntaria y han cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Se calcula en función de la base reguladora del salario, permitiendo cobrar el 70% de esa base durante los primeros 180 días y el 50 % a partir de entonces. Además, su duración puede oscilar entre 120 y 720 días, según el periodo cotizado.

En cambio, el subsidio por desempleo está destinado a quienes no tienen acceso a esa prestación contributiva. Pueden solicitarlo quienes hayan agotado el paro o no hayan cotizado lo suficiente para tener derecho a él. Su cuantía es fija y se determina en relación con el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), comenzando en el 95% del IPREM (570 euros), y disminuyendo progresivamente en tramos semestrales.

Empleo y ayudas compatibles: el nuevo complemento

Una de las principales novedades introducidas por la reforma aprobada en junio de 2024 es la posibilidad de compatibilizar tanto el subsidio como la prestación con un empleo, a través del llamado Complemento de Apoyo al Empleo. Esta medida busca facilitar la reincorporación al mercado laboral permitiendo que, durante un máximo de seis meses, se pueda trabajar y seguir recibiendo parte de la ayuda sin suspenderla.

Además, la reforma ha ampliado los colectivos que pueden acceder al subsidio. Desde el pasado noviembre de 2024 también pueden beneficiarse trabajadores agrarios eventuales, menores de 45 años sin cargas familiares, españoles retornados sin derecho al paro, trabajadores transfronterizos en Ceuta y Melilla y víctimas de violencia de género o sexual mayores de 16 años. Estos cambios introducen una clara perspectiva de género, al mejorar el acceso de mujeres a las ayudas.

Diferencias de financiación y cálculo

Otra de las diferencias clave entre ambas ayudas es el origen de los fondos: la prestación contributiva se financia a partir de las cotizaciones del trabajador y la empresa, mientras que el subsidio por desempleo se financia con cargo a los presupuestos del Estado. Además, la prestación se cobra por días cotizados; el subsidio, en cambio, por criterios asistenciales.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona ambos tipos de ayudas y se encarga de verificar que se cumplan los requisitos de acceso. Con la nueva reforma, se han eliminado trabas burocráticas como el mes de espera para pedir el subsidio tras agotar el paro o la deducción en la cuantía en los contratos a tiempo parcial, garantizando así mayor igualdad entre trabajadores a jornada completa y parcial.

Antes de solicitar cualquier ayuda por desempleo, es fundamental consultar la información oficial del SEPE y revisar si se cumplen los requisitos, ya que cada situación laboral y personal puede condicionar el acceso a una u otra prestación. Además, con la entrada en vigor de las nuevas medidas en noviembre de 2024 y la plena aplicación de la compatibilidad empleo-prestación a partir de abril de 2025, conviene mantenerse informado para no perder derechos ni plazos clave.

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