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El CGPJ rechaza amparar a De Prada, el juez de Gürtel que denunció ataques tras la sentencia del Supremo

El magistrado José Ricardo de Prada. EFE/Fernando Villar/Archivo

Europa Press

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado conceder el amparo que le fue solicitado el pasado lunes por el magistrado de lo Penal de la Audiencia Nacional José Ricardo De Prada, a quien se atribuyen las frases más contundentes sobre la 'caja B' del PP en la sentencia del caso Gürtel que el Supremo ha matizado en casación.

El juez acudió al órgano de gobierno de los jueces ante lo que considera una campaña en determinados medios de comunicación que le han convertido en “chivo expiatorio” sobre el que elaborar un “relato interesado” de la moción de censura que costó la Presidencia a Mariano Rajoy.

Según ha informado el CGPJ, la inadmisión se produce porque una mayoría de la permanente considera que en su petición no se reúnen los requisitos que, según reiterada doctrina del Tribunal Supremo, determinan la existencia de un ataque o perturbación de la independencia judicial.

Tres vocales querían ampararle

Los vocales designados a propuesta del PSOE Álvaro Cuesta, Rafael Mozo y Pilar Sepúlveda, favorables a la admisión a trámite de la petición de amparo para su tramitación posterior, han anunciado la formulación de voto particular.

En su petición al Consejo, de Prada explicaba que se veía en la necesidad de denunciar “la campaña de prensa llevada por determinados periodistas y medios de comunicación, de forma coordinada”, contra su persona, afectando a su indemnidad profesional e inquietando y perturbando gravemente su independencia judicial.

De Prada percibe estas manifestaciones “como una presión y represalia” por su actuación jurisdiccional en el referido asunto, a la vez que haber sido elegido como “juez-chivo expiatorio sobre el que elaborar un relato interesado con el que socavar el sentido, credibilidad y validez de una resolución judicial que consideran desfavorable a los intereses” que los citados medios representan.

El magistrado, que cita tres medios de prensa escrita, acusa a los responsables de esas publicaciones de atribuirle una “actuación jurisdiccionalmente desviada en el tribunal que dictó la primera sentencia”, ser responsable de menciones indebidas en la misma que afectaban al Partido Popular y que ello estaba preordenado para posibilitar una moción de censura contra el Gobierno de aquel momento, culpándole en definitiva de ser el desencadenante de la misma, por estar en connivencia con el partido político que la propició.

“Se personaliza en mí la sentencia de la instancia, reproduciéndose profusamente mi imagen en los indicados medios, como el magistrado causante de la moción de censura, haciéndome parte de un complot político-judicial”, añade en su escrito.

Reclamaba rectificaciones

Así, reclamó amparo al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para que, en concreto se requiera a los medios de comunicación y a los periodistas firmantes de los artículos mencionados en su escrito que “de inmediato ”cesen en su descrita actuación perturbadora de mi independencia judicial“.

Pide también la inclusión en los citados medios de una rectificación de las informaciones que considera vejatorias de su persona y prestigio profesional al excederse de la “sana y razonable crítica de las resoluciones judiciales, y del derecho a la libre información veraz”, además de calificarlas de atentatorias de su independencia judicial.

Y ello pese a reconocer que “el tratamiento que en general se le ha dado por la prensa, tanto escrita como televisión y radio ha sido correcto, manteniéndose dentro del marco de la libertad de expresión, información y crítica de las resoluciones judiciales, especialmente tras la rectificación el mismo día 14 de octubre de la nota inicial emitida por el Gabinete de Prensa del Tribunal Supremo, ”que contenía determinadas inexactitudes, que fueron adecuadamente corregidas“, apunta.

El Supremo confirmó el grueso de su sentencia en lo relativo a las condenas de los procesados y del propio PP como partícipe a título lucrativo, si bien estimó que acogía en parte los argumentos de juez de la Audiencia Nacional que emitió voto particular discrepante, Ángel Hurtado, en el sentido de señalar que determinadas expresiones alusivas a la constatación de una 'caja b' en el partido eran innecesarias.

La existencia de dicha caja B, que la sentencia dio por probada en relación con la actividad delictiva del extesorero del partido Luis Bárcenas, condenado ya en firme en Gürtel, es la materia central de otro procedimiento, el denominado caso de los 'papeles de Bárcenas', que va a comenzar a juzgarse el próximo mes de febrero.

De Prada ya recibió el pasado viernes el apoyo de la asociación Juezas y Jueces para la Democracia (JpD), que emitió un comunicado recordando que este magistrado es miembro de un órgano colegiado, y que actuó en este asunto en el ejercicio profesional y con la independencia que ostentan todos los miembros de la carrera judicial.

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