Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El crimen de la estampita: humoristas y políticos en la ruleta judicial por ofender a los ultracatólicos

Querellas

Alberto Pozas

16 de marzo de 2025 22:51 h

13

Los delitos contra los sentimientos religiosos tienen una presencia residual en el día a día de los juzgados españoles. Los últimos datos disponibles son del año 2023 y reflejan que se dictó una sola sentencia sobre un artículo del Código Penal que, a golpe de denuncias y querellas de corte ultracatólico, protagoniza polémicas judiciales con carácter mensual. Desde la estampita de las Campanadas de TVE hasta las causas por delito de odio contra Héctor de Miguel y Pablo Echenique, los procesos penales por ofender o atacar la religión católica avanzan o naufragan en una ruleta judicial engrasada por asociaciones como HazteOir o Abogados Cristianos.

Los últimos en enfrentarse a este delito por denuncias y querellas de estas agrupaciones ultracatólicas han sido David Broncano y Laura Yustres 'Lalachus'. “Estamos ante una burla de la clásica imagen del Sagrado Corazón de Jesús, habiéndose sustituido el rostro de Cristo por el de un animal con un claro afán de mofa y escarnio”, dijo HazteOir en su denuncia sobre la estampita que exhibió Lalachus durante las Campanadas en la cadena pública: la vaquilla del Grand Prix caracterizada como la imagen religiosa.

“Algo a todas luces ofensivo para los que profesamos la fe cristiana”, según HazteOir, y una mera broma para el juez Marcelino Sexmero. En su auto, el magistrado necesita pocas páginas para explicar que fue un gag humorístico sin intención ni capacidad de ofender los sentimientos religiosos: “Hay un inequívoco sentido satírico, crítico e incluso provocador, incluso que pueda resultar de mal gusto para algunas personas, pero debe rechazarse que tal conducta sea ofensiva”. La Iglesia, explica el juez, es un símbolo de poder y, por tanto, “objeto de crítica legítima”.

Willy Toledo, Javier Krahe o Broncano y Lalachus. Las denuncias y querellas de tinte ultra por ofensas a los sentimientos religiosos suelen tener por objetivo artistas, políticos o comunicadores y la inmensa mayoría de las veces acaban en archivo o absolución después de que los jueces concluyan lo mismo que el juez Sexmero: no todo chiste, broma o comentario ácido hecho sobre la religión supone una ofensa. Mucho menos una ofensa que requiera de la intervención del Código Penal.

El cantautor Javier Krahe fue absuelto después de ser juzgado por cocinar un Cristo en 'Cristofagia'. El actor Willy Toledo también fue absuelto tras sentarse en el banquillo por insultar a Dios y la Virgen en su cuenta de Facebook. Las feministas que sacaron en procesión el 'Coño Insumiso' por las calles de Sevilla también fueron exoneradas. El alcalde de Soria no será juzgado por montar un 'papamóvil' en las fiestas de Tardelcuende bendiciendo a los vecinos con la escobilla del baño. Rita Maestre fue absuelta tras participar en una protesta en la capilla del campus de Somosaguas de la Universidad Complutense. Y Drag Sethlas tampoco fue condenado tras ganar la gala Drag Queen de Las Palmas de Gran Canaria caracterizado como la Virgen.

La lista de acusaciones fracasadas por este delito crece año tras año mientras que las estadísticas muestran que muy pocos casos llegan a juicio. En 2023, según los últimos datos disponibles del Poder Judicial, se dictó una sola sentencia por este artículo del Código Penal. La Fiscalía participó en cuatro casos pendientes de juicio. Y la jurisprudencia del Supremo refleja que la realidad del delito contra los sentimientos religiosos está muy lejos de las denuncias y querellas que presentan las asociaciones ultracatólicas: uno de los pocos condenados en firme por este delito interrumpió una misa en Banyoles mientras protestaba a gritos por la reforma de la ley del aborto que impulsaba entonces el Gobierno de Mariano Rajoy.

El éxito o el fracaso de la ofensiva judicial ultracatólica contra humoristas, presentadores o políticos cada vez que se menciona la religión depende en gran medida del primer filtro de la admisión a trámite. “En las sociedades democráticas, los grupos religiosos deben tolerar las críticas públicas y el debate sobre sus actividades, creencias o enseñanzas”, dice el juez que ha rechazado las acusaciones de HazteOir por el especial de Nochevieja de TVE. Dejando, eso sí, la puerta abierta a la nueva vía encontrada por estas asociaciones para impulsar estos procesos judiciales: “Siempre que tales críticas no supongan insultos intencionados y gratuitos o discurso del odio”.

Quequé, Echenique y el juez Valle

Hay un juez en la Plaza de Castilla de Madrid que se hizo conocido en la década de los años 80 del siglo pasado por detener a decenas de personas relacionadas con clínicas de interrupción del embarazo: médicos, psicólogos y un centenar de mujeres que habían acudido a abortar. Con el paso de los años también fue denunciado sin éxito ante el Poder Judicial por impedir que los órganos de una de las víctimas del Madrid Arena fueran donados.

También se negó a juzgar a Esperanza Aguirre por arrollar una moto de los agentes de movilidad, de tan convencido que estaba de que la expresidenta madrileña no sabía que le habían dado el alto. Más recientemente, haciendo de sustituto de Juan Carlos Peinado, negó al Presidente del Gobierno la posibilidad de declarar por escrito en la causa contra su esposa, obligando a hacer la diligencia presencialmente en su despacho de la Moncloa.

Su nombre es Carlos Valle y a sus 69 años se ha convertido en el principal avalista judicial de las denuncias y querellas de asociaciones ultracatólicas que, en vez de optar por el delito contra los sentimientos religiosos, esgrimen el delito de odio. Es el magistrado que, a petición de Abogados Cristianos y en contra del criterio de la Fiscalía, ha procesado a Pablo Echenique y a Héctor de Miguel 'Quequé', acusados de incitar al odio y la violencia contra los sacerdotes.

Si la Audiencia Provincial no dice lo contrario, el exdiputado de Podemos se sentará en el banquillo por un mensaje en X: “Es mucho más probable que un sacerdote cometa un delito de agresión sexual contra menores de edad que delinca una persona migrante”. Y el humorista y presentador de 'Hora Veintipico' por bromear con reventar la cruz de Cuelgamuros y usar los trozos para agredir a los curas que abusan de menores.

El Tribunal Supremo ha explicado en diversas ocasiones que no cualquier persona o colectivo puede ser víctima de un delito de odio: es un tipo penal que defiende a “minorías sociales”, dijo por ejemplo al rechazar una querella de Vox contra Ione Belarra. Considerada una de las grandes armas arrojadizas de la contienda política, la Fiscalía entiende que ni en el caso de Quequé ni en el de Echenique los sacerdotes acusados de abusos sexuales pueden ser considerados una “minoría social”.

El fiscal Ángel Guzmán recuerda al juez Valle, en primer lugar, que ha encausado a Héctor de Miguel por unas expresiones parecidas a otras que ya fueron descartadas por la Audiencia Provincial cuando las denunció Vox. Quequé, dato que el juez omite en su auto de procesamiento, es un “conocido humorista”, no incitó a la violencia y también que el delito de odio está pensado para proteger, recuerda, a integrantes de “grupos minoritarios”.

Los curas no son un “grupo vulnerable”

La defensa de Héctor de Miguel también ha recurrido su procesamiento con la esperanza de que la Audiencia de Madrid corrija al juez Carlos Valle. Las declaraciones del presentador, alega el recurso, han sido “descontextualizadas, sesgadas y desnaturalizadas” y el magistrado omite explicar que el programa “es de humor” y el acusado “un profesional del humor”. La broma por la que puede ser juzgado, añaden, iba dirigida a Abogados Cristianos y no a los sacerdotes pederastas. Sus palabras, zanja, “no han tenido, por tanto, ni han podido tener como objeto a ningún grupo social amparado”.

En la misma línea de lo que alegó el juez del caso de Broncano y Lalachus para rechazar la denuncia de HazteOir, la defensa de Héctor de Miguel explica que las bromas “no tienen la capacidad de socavar los principios de convivencia democrática ni de generar un rechazo social generalizado” y, además “resulta insostenible sostener que los sacerdotes católicos puedan considerarse un grupo especialmente vulnerable o desprotegido, en términos de los delitos de odio”. 

Hace casi una década, un juzgado de Pamplona archivó una causa por delitos de odio y contra los sentimientos religiosos contra el artista Abel Azcona, abierta tras sendas denuncias de Abogados Cristianos y el Arzobispado de la ciudad. Acusado de formar la palabra “pederastia” con hostias consagradas, el juzgado entendió que su obra, lejos de incitar al odio contra la Iglesia, ayudaba a “tomar conciencia o posicionarse respecto de la lacra de la pederastia”.

En Madrid, el juez Carlos Valle ha optado por dar vuelo a las denuncias y querellas ultracatólicas contra Echenique y De Miguel exhibiendo el criterio contrario. Llegando, incluso, a comparar las bromas del humorista en 'Hora Veintipico' con amenazas para apedrear a homosexuales en Chueca. Sus casos están ahora en manos de la Audiencia Provincial de Madrid, que en el pasado ha rechazado, por ejemplo, acusaciones de delito de odio contra el cartel electoral de Vox de 2021 que criminalizaba a los menores extranjeros. También ha rechazado que espetar “negra de mierda, vete a tu país, puta negra” a una mujer negra sea un delito de odio.

El último recurso de la defensa de Quequé termina con una petición a la Audiencia de Madrid sobre esta nueva vía impulsada por el juez Valle y Abogados Cristianos. “Que no permita abrir la peligrosa puerta de la inseguridad jurídica que supondría la prohibición de bromas de humor negro y la revisión indiscriminada de la creación artística de cómicos. No resultando deseable que actores, humoristas, pintores, dramaturgos o poetas se vean obligados a desfilar ante los tribunales para justificar cada obra que haya podido generar incomodidad o herir sensibilidades. Este escenario resulta incompatible con un Estado democrático”.

Etiquetas
stats