Ni la doctrina del Constitucional ni la ley pactada por PSOE y Junts avalan exigir a los inmigrantes saber catalán

Desde Junts, insisten: de aprobarse la ley de delegación de competencias en inmigración, Catalunya podrá exigir a los extranjeros el conocimiento de la lengua catalana como requisito para conceder las autorizaciones de residencia. Pero ni la normativa acordada por PSOE y Junts da a la Generalitat el poder de añadir nuevas condiciones para obtener estos permisos, ni la doctrina del Tribunal Constitucional avala imponer el manejo del catalán a los inmigrantes como condición para acceder a sus derechos.
En 2017, el Tribunal declaró inconstitucional la obligación impuesta al extranjero de alcanzar un determinado nivel lingüístico en catalán, como condición de acceso a las formaciones de castellano ofrecidas en el marco de sus competencias de primera acogida de inmigrantes. Se trataba de uno de los aspectos hasta entonces recogidos por la Ley de Cataluña de acogida de personas inmigradas, aprobada en 2010 y recurrida por el Defensor del Pueblo.
En uno de sus artículos, la normativa recogía las bases para el acceso a las formaciones de idiomas brindadas por la Generalitat a personas extranjeras atendidas bajo su propio sistema. “El servicio de primera acogida, terminada la formación en lengua catalana, debe ofrecer la formación para adquirir las competencias básicas en lengua castellana a las personas que hayan alcanzado la adquisición de competencias básicas en lengua catalana y que lo soliciten o lo requieran”, rezaba la normativa.
Según el Constitucional, la redacción del artículo impedía “que los extranjeros que hayan seguido las acciones formativas en catalán y que, pese a ello, no hayan logrado acreditar un determinado nivel de conocimientos de esta lengua, puedan obtener ese mismo servicio formativo en lengua castellana”. El Tribunal concluyó que esta norma no garantizaba el acceso a las acciones formativas relativas al “conjunto” de las lenguas oficiales por lo que se apartaba “injustificadamente de la pauta general fijada por el Estado para alcanzar el objetivo común de integración social del extranjero en la sociedad española”.
Años antes de esta sentencia, centrada en la exigencia de cierto nivel de catalán a los inmigrantes, el Constitucional había concluido que el deber de conocer el catalán “no es jurídicamente exigible con carácter generalizado”. En su dictamen sobre el Estatut de Catalunya, los magistrados argumentaron que “el hecho de que la Constitución no reconozca el derecho a utilizar las lenguas cooficiales distintas del castellano no impide que los Estatutos de Autonomía garanticen tal derecho”. Pero añadieron: “Otra cosa es, sin embargo, que también puedan exigir el deber de conocerlas”.
Pese a ello, Junts insiste en que la normativa de delegación de competencias en inmigración acordada con el PSOE, si es aprobada en el Congreso, permitirá exigir saber catalán a los inmigrantes como requisito para obtener la residencia. “¿Se va a pedir que la lengua sea un requisito? Claro que sí, claro que se va a pedir. Estamos en Catalunya y en Catalunya existe una lengua oficial que es el catalán, igual que si te vas a vivir a Francia el requisito es aprender el francés y en Holanda holandés”, ha asegurado Nogueras en TVE. “Si no hay catalán, no se van a dar los papeles”, recalcaron fuentes del partido independentista a los periodistas este martes.
Qué dice (y qué no) la posible ley
Además de la posición del Constitucional, la propuesta de la normativa, tal y como está actualmente redactada, impide a la Generalitat la inclusión de sus propios requisitos para conceder permisos de residencia a los inmigrantes. La delegación de competencias permite que la administración catalana se encargue de tramitar la mayoría de autorizaciones para vivir y trabajar en Catalunya pero siempre basándose en la normativa estatal al respecto y, por tanto, debe cumplir sus exigencias.
El reglamento de la Ley de Extranjería regula los criterios que un extranjero debe cumplir para conseguir una tarjeta de residencia en España. En noviembre del año pasado, el Gobierno aprobó una reforma de dicha normativa, que entrará en vigor a finales de mayo. Ni la regulación actual ni su modificación incluyen como condición demostrar el conocimiento de la lengua oficial para solicitar ninguno de los distintos tipos de autorizaciones de residencia o estancia.
En la práctica, en función del criterio de cada oficina, el conocimiento de las lenguas oficiales podría tenerse en cuenta únicamente en el estudio de las solicitudes de permisos de residencia extraordinarios, la principal vía para que las personas sin papeles puedan optar a regularizar su situación, a través de la demostración de su arraigo en España. Para probar su inclusión en la sociedad, la normativa pide la presentación de un informe de los servicios sociales, en el que se puede añadir el manejo del idioma como un elemento a tener en cuenta.
Preguntadas sobre la posible exigencia del catalán que defiende Junts, fuentes de Migraciones reiteran que “los requisitos legales que se le van a exigir a las personas migrantes para obtener una autorización de estancia o residencia en Cataluña, serán las mismas que en cualquier parte del territorio español”. Según señalan, la Generalitat “gestionará el procedimiento de su concesión, aplicando la normativa aprobada por el Estado, garantizando así el estatuto único de las personas extranjeras en todo el territorio”.
La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) niega que Catalunya pudiese añadir este tipo de condiciones para otorgar la residencia. “Ni la Generalitat puede exigir el catalán como requisito para dar los papeles ni tampoco estaríamos de acuerdo en algo así como organización”, zanja Mauricio Valiente, secretario general de la ONG. “Solicitar algo así sería ilógico y discriminatorio”, añade.
Desde la Asociación de Extranjerístas en Red, un colectivo de abogados especializados en inmigración, coinciden. “De ninguna manera podrán exigir catalán”, concluye Paco Solans, letrado experto en extranjería y portavoz de la organización, que sin embargo sí teme que la delegación de competencias aumente la descoordinación y arbitrariedad en el estudio de las solicitudes, una situación que ya denuncia ante las distintas interpretaciones con las que se encuentra en función de la oficina de extranjería competente.
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